Como segunda parte del post anterior,
denominado LOE
y LOMCE: Concreción curricular y posición de la Lengua Extranjera,
pasamos a comparar, de forma
introductoria, aspectos formales y genéricos del currículum en la LOE y en la actual LOMCE, centrándonos en
la Lengua Extranjera.
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del
Bachillerato,
en su Anexo I, incluye las consideradas como
asignaturas troncales, describiendo sus bloques, así como especificando sus
contenidos, criterios de evaluación y los nuevos estándares de aprendizaje
evaluables. En la página 422 comienzan los datos referidos a la Primera Lengua
Extranjera (422-447), haciendo referencia explícita al Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.
Principales
similitudes y diferencias en referencia a las Lenguas Extranjeras:
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La primera
lengua extranjera era materia obligatoria
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En este caso,
se denomina troncal
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En los tres
primeros cursos existe una segunda lengua extranjera como optativa
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En este caso,
se denominan asignaturas específicas
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En cuarto
curso también es asignatura obligatoria
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En cuarto
curso también es asignatura troncal en cualquiera de las dos opciones, de
asignaturas académicas o aplicadas
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En cuarto de
la ESO también hay una segunda lengua extranjera como optativa
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En cuarto,
también se puede escoger una segunda lengua extranjera como específica
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En
Bachillerato se establece como asignatura común una lengua extranjera, en los
dos cursos
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Lo mismo
sucede en la LOMCE, siendo material troncal en cualquiera de las modalidades (en segundo de Bachillerato
denominada Primera Lengua Extranjera II)
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También se
ofertará en Bachillerato como optativa una segunda lengua extranjera
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También en la
LOMCE se ofertará una segunda lengua dentro de asignaturas específicas (en
segundo de Bachillerato denominada Segunda Lengua Extranjera II)
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En la
Disposición Adicional Segunda (195-196) se incluye la posibilidad de que las
Administraciones educativas establezcan que una parte de las materias del
currículo se impartan en lenguas extranjeras
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PRIMERA LENGUA EXTRANJERA
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En dos Reales Decretos diferentes
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En el mismo Real Decreto
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Bloques de
contenidos, en los cuatro cursos de la ESO:
1)
Escuchar hablar y
conversar
2)
Leer y escribir
3)
Conocimiento de la lengua
4)
Aspectos socio-culturales
y consciencia intercultural
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Bloques de
contenidos:
1)
Comprensión de textos
orales
2)
Producción de textos
orales: expresión e interacción
3)
Comprensión de textos
escritos
4)
Producción de textos
escritos: expresión e interacción
5)
Se añade un apartado de
contenidos sintáctico-discursivos para cada idioma (alemán, inglés, francés,
portugués, italiano), en los dos ciclos
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Se ofrece,
para cada curso, los objetivos,
contenidos y los criterios de evaluación. Se ofrecen en párrafos de forma
seguida, como texto
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Se ofrece,
para cada ciclo, los contenidos y
los criterios de evaluación, pero se añade el nuevo concepto de estándares de
aprendizaje evaluables. Se presentan en forma de cuadro, en tres columnas
(Primer ciclo páginas 422-430; Segundo ciclo páginas 431-435). Resulta
chocante, que cuando introduce los tres primeros cursos los denomina “Primer
ciclo” y, sin embargo, cuando introduce el segundo lo hace como “Cuarto de la
ESO”. No parece coherente ni adecuado
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En Bachillerato, en otro documento, se realizan los mismos apartados
que con la ESO, pero, en este caso, no se diferencia en cursos, sino que se
habla de los dos cursos de Bachillerato de forma conjunta
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En
Bachillerato, en el mismo documento, dos cursos con los mismo apartados
mencionados antes para la ESO. Es decir, en este caso no se incluyen los
apartados por ciclos, sino para cada uno de los dos cursos: Primero de
Bachillerato (436-441) y Segundo de Bachillerato (442-447)
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Por lo tanto,
en el caso de la ESO se especifican por curso los objetivos, contenidos y
criterios de evaluación, pero para el Bachillerato se especifica lo mismo
para los dos cursos de forma conjunta.
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Por el
contrario, en la LOMCE, en el caso de la ESO se presentan por ciclos (aunque
mal denominados, primer ciclo y cuarto de la ESO), los contenidos, criterios
de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y contenidos
sintácticos-discursivos de cada posible idioma (francés, inglés, italiano,
portugués y alemán), pero en Bachillerato se presentan los mismos apartados
pero por curso.
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SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA
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En dos Reales
Decretos diferentes:
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En el mismo
Real Decreto:
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En Secundaria,
únicamente se especifican los cuatro bloques siguientes:
1)
Comprender hablar y conversar
2)
Leer y escribir
3)
Reflexión sobre la lengua y su aprendizaje
4)
Dimensión social y cultural
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Se ofrecen los
cuatro primeros bloques mencionados para la Primera Lengua Extranjera:
1)
Comprensión de textos
orales
2)
Producción de textos
orales: expresión e interacción
3)
Comprensión de textos
escritos
4)
Producción de textos
escritos: expresión e interacción
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Como se puede
ver, bloques diferentes a los que se establecían para la primera lengua
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A diferencia
de la Primera Lengua Extranjera, no se ofrece el bloque de contenidos
sintácticos discursivos
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No se
especifican objetivos ni criterios de evaluación, aunque se nombran
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No se divide
en tres columnas, sino en dos, ya que no hay columna de contenidos, sino
únicamente de Criterios de Evaluación y de Estándares de Aprendizaje
Evaluables
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En
Bachillerato no se especifica nada sobre ella, solo se nombra su existencia
en el Artículo 8 (45383)
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Se presenta,
de nuevo, para primer clico de la ESO, cuarto de la ESO, primero de Bachillerato
y Segundo de Bachillerato
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Es decir, la
segunda lengua está mucho menos concretada, dejando espacio para la
concreción posterior
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Por lo tanto,
menos concreción en ambos Decretos aunque en el de la LOMCE, más desarrollado
que en el de la LOE
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Para los tres
primeros cursos 315 horas – solo Lengua castellana y literatura tiene más
horas (350)
Para el cuarto
curso, 105 horas, como para los anteriores para la Primera Lengua Extranjera
Segunda Lengua
Extranjera 70 horas
No se
especifica para Bachillerato
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No se
especifican horas
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En conclusión,
en la concreción curricular de la LOMCE:
- En esta ocasión la concreción curricular de ESO y Bachillerato se ha
realizado en un solo documento, no en dos, como había sucedido en el caso de la
LOE.
- Los objetivos ya no son presentados, como se hacía en la LOE.
- Sin embargo, los criterios de evaluación son concretados en los
estándares de aprendizaje evaluables y los contenidos añaden los
sintáctico-discursivos, que no hacen referencia exclusiva al inglés, sino que
se presentan los contenidos de alemán, portugués, francés e italiano, además
del inglés, para los dos ciclos de la ESO y los dos cursos de Bachillerato.
Ahora se ofrecen cinco tipos de contenidos, en vez de los cuatro anteriores,
cambiando, además, el título de todos ellos.
- Los aspectos detallados hacen referencia a los dos ciclos de ESO, no a
los cuatro cursos por separado, mientras que, en Bachillerato sí se incluyen
los datos para cada uno de los dos cursos, cuestión que antes no se hacía.
- El detalle disminuye cuando se hace referencia a la Segunda Lengua
Extranjera.
El siguiente
paso sería profundizar en los contenidos, comparando los anteriores con los
actuales, para el ámbito de la Lengua Extranjera, pero eso ya será otro tema.