Thursday, October 19, 2017

LOE y LOMCE: Lengua Extranjera. Visión General.


Como segunda parte del post anterior, denominado LOE y LOMCE: Concreción curricular y posición de la Lengua Extranjera, pasamos  a comparar, de forma introductoria, aspectos formales y genéricos del currículum en la LOE y en la actual LOMCE, centrándonos en la Lengua Extranjera.

 

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en su Anexo I, incluye las consideradas como asignaturas troncales, describiendo sus bloques, así como especificando sus contenidos, criterios de evaluación y los nuevos estándares de aprendizaje evaluables. En la página 422 comienzan los datos referidos a la Primera Lengua Extranjera (422-447), haciendo referencia explícita al Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.

 

Principales similitudes y diferencias en referencia a las Lenguas Extranjeras:

 

CONCRECIÓN LOE (ESO Y BACHILLERATO)
 
CONCRECIÓN LOMCE
La primera lengua extranjera era materia obligatoria
En este caso, se denomina troncal
En los tres primeros cursos existe una segunda lengua extranjera como optativa
En este caso, se denominan asignaturas específicas
En cuarto curso también es asignatura obligatoria
En cuarto curso también es asignatura troncal en cualquiera de las dos opciones, de asignaturas académicas o aplicadas
En cuarto de la ESO también hay una segunda lengua extranjera como optativa
En cuarto, también se puede escoger una segunda lengua extranjera como específica
En Bachillerato se establece como asignatura común una lengua extranjera, en los dos cursos
Lo mismo sucede en la LOMCE, siendo material troncal en cualquiera de  las modalidades (en segundo de Bachillerato denominada Primera Lengua Extranjera II)
También se ofertará en Bachillerato como optativa una segunda lengua extranjera
También en la LOMCE se ofertará una segunda lengua dentro de asignaturas específicas (en segundo de Bachillerato denominada Segunda Lengua Extranjera II)
 
En la Disposición Adicional Segunda (195-196) se incluye la posibilidad de que las Administraciones educativas establezcan que una parte de las materias del currículo se impartan en lenguas extranjeras
PRIMERA LENGUA EXTRANJERA
En dos Reales Decretos diferentes
En el mismo Real Decreto
Bloques de contenidos, en los cuatro cursos de la ESO:
1)    Escuchar hablar y conversar
2)    Leer y escribir
3)    Conocimiento de la lengua
4)    Aspectos socio-culturales y consciencia intercultural
Bloques de contenidos:
1)    Comprensión de textos orales
2)    Producción de textos orales: expresión e interacción
3)    Comprensión de textos escritos
4)    Producción de textos escritos: expresión e interacción
5)    Se añade un apartado de contenidos sintáctico-discursivos para cada idioma (alemán, inglés, francés, portugués, italiano), en los dos ciclos
Se ofrece, para cada curso, los objetivos, contenidos y los criterios de evaluación. Se ofrecen en párrafos de forma seguida, como texto
Se ofrece, para cada ciclo, los contenidos y los criterios de evaluación, pero se añade el nuevo concepto de estándares de aprendizaje evaluables. Se presentan en forma de cuadro, en tres columnas (Primer ciclo páginas 422-430; Segundo ciclo páginas 431-435). Resulta chocante, que cuando introduce los tres primeros cursos los denomina “Primer ciclo” y, sin embargo, cuando introduce el segundo lo hace como “Cuarto de la ESO”. No parece coherente ni adecuado
En Bachillerato, en otro documento, se realizan los mismos apartados que con la ESO, pero, en este caso, no se diferencia en cursos, sino que se habla de los dos cursos de Bachillerato de forma conjunta
 
En Bachillerato, en el mismo documento, dos cursos con los mismo apartados mencionados antes para la ESO. Es decir, en este caso no se incluyen los apartados por ciclos, sino para cada uno de los dos cursos: Primero de Bachillerato (436-441) y Segundo de Bachillerato (442-447)
Por lo tanto, en el caso de la ESO se especifican por curso los objetivos, contenidos y criterios de evaluación, pero para el Bachillerato se especifica lo mismo para los dos cursos de forma conjunta.
Por el contrario, en la LOMCE, en el caso de la ESO se presentan por ciclos (aunque mal denominados, primer ciclo y cuarto de la ESO), los contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y contenidos sintácticos-discursivos de cada posible idioma (francés, inglés, italiano, portugués y alemán), pero en Bachillerato se presentan los mismos apartados pero por curso.
SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA
 
En dos Reales Decretos diferentes:
En el mismo Real Decreto:
En Secundaria, únicamente se especifican los cuatro bloques siguientes:
1)    Comprender hablar y conversar
2)    Leer y escribir
3)   Reflexión sobre la lengua y su aprendizaje
4)   Dimensión social y cultural
Se ofrecen los cuatro primeros bloques mencionados para la Primera Lengua Extranjera:
1)    Comprensión de textos orales
2)    Producción de textos orales: expresión e interacción
3)    Comprensión de textos escritos
4)    Producción de textos escritos: expresión e interacción
Como se puede ver, bloques diferentes a los que se establecían para la primera lengua
A diferencia de la Primera Lengua Extranjera, no se ofrece el bloque de contenidos sintácticos discursivos
No se especifican objetivos ni criterios de evaluación, aunque se nombran
No se divide en tres columnas, sino en dos, ya que no hay columna de contenidos, sino únicamente de Criterios de Evaluación y de Estándares de Aprendizaje Evaluables
En Bachillerato no se especifica nada sobre ella, solo se nombra su existencia en el Artículo 8 (45383)
Se presenta, de nuevo, para primer clico de la ESO, cuarto de la ESO, primero de Bachillerato y Segundo de Bachillerato
 
Es decir, la segunda lengua está mucho menos concretada, dejando espacio para la concreción posterior
Por lo tanto, menos concreción en ambos Decretos aunque en el de la LOMCE, más desarrollado que en el de la LOE
Se especifica el número de horas de la Lengua Extranjera en el Anexo III (773):
Para los tres primeros cursos 315 horas – solo Lengua castellana y literatura tiene más horas (350)
Para el cuarto curso, 105 horas, como para los anteriores para la Primera Lengua Extranjera
Segunda Lengua Extranjera 70 horas
No se especifica para Bachillerato
No se especifican horas

 

En conclusión, en la concreción curricular de la LOMCE:

-      En esta ocasión la concreción curricular de ESO y Bachillerato se ha realizado en un solo documento, no en dos, como había sucedido en el caso de la LOE.

-      Los objetivos ya no son presentados, como se hacía en la LOE.

-      Sin embargo, los criterios de evaluación son concretados en los estándares de aprendizaje evaluables y los contenidos añaden los sintáctico-discursivos, que no hacen referencia exclusiva al inglés, sino que se presentan los contenidos de alemán, portugués, francés e italiano, además del inglés, para los dos ciclos de la ESO y los dos cursos de Bachillerato. Ahora se ofrecen cinco tipos de contenidos, en vez de los cuatro anteriores, cambiando, además, el título de todos ellos.

-      Los aspectos detallados hacen referencia a los dos ciclos de ESO, no a los cuatro cursos por separado, mientras que, en Bachillerato sí se incluyen los datos para cada uno de los dos cursos, cuestión que antes no se hacía.

-      El detalle disminuye cuando se hace referencia a la Segunda Lengua Extranjera.

 

El siguiente paso sería profundizar en los contenidos, comparando los anteriores con los actuales, para el ámbito de la Lengua Extranjera, pero eso ya será otro tema.